El formulario I-864 del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) es una declaración jurada de apoyo o patrocinio económico, bajo la cual un ciudadano estadounidense, o un tenedor de una residencia permanente o Tarjeta Verde (Green Card), se compromete a sustentar financieramente a un familiar que busca inmigrar al país.
Esta declaración de apoyo es solicitada en la mayoría de los casos de inmigración por vía de reunificación familiar y sirve para garantizar que la persona beneficiaria del patrocinio económico no acudirá al gobierno estadounidense en busca de ayuda financiera en caso de que la resolución de la solicitud resulte favorable.
Así, la persona que firma la declaración de apoyo se convierte en el Sponsor, o patrocinador, y asume una serie de responsabilidades para con el patrocinado, así como con el gobierno de los Estados Unidos.
¿Cuáles son las responsabilidades del patrocinador?
La principal responsabilidad de la persona firmante de la declaración de apoyo económico es el compromiso de patrocinar financieramente al beneficiario de la declaración. Esto significa que, de ser necesario, se hará cargo de las necesidades económicas que la persona beneficiaria no pueda solventar por sí misma, por un tiempo determinado.
Las responsabilidades financieras del patrocinador se terminan solo cuando la persona beneficiaria se convierte en ciudadana estadounidense, o ha trabajado 40 trimestres contables completos en los Estados Unidos, o se ha mudado definitivamente al extranjero o ha fallecido.
Cabe resaltar que estas son las únicas causas que dan por terminada la responsabilidad del patrocinador. Si, por ejemplo, una persona es la patrocinadora de su esposa y esta decide divorciarse luego de haber obtenido su residencia permanente, esto no da por terminada la responsabilidad del patrocinador, ya que sigue siendo responsable financieramente por la beneficiaria ante el gobierno.
¿Cuáles son los requisitos para presentar una declaración jurada de apoyo?
Para presentar una declaración jurada de apoyo financiero, el patrocinador debe ser un ciudadano estadounidense o residente permanente de al menos 18 años de edad; debe contar con un ingreso anual equivalente a un 125% de las Pautas Federales de Pobreza del Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS)[1] como mínimo, para lo cual deberá presentar el formulario I-864P adjunto al I-864.
Para demostrar los fondos, el patrocinador puede servirse, además de su ingreso anual, de otros medios, como dinero en efectivo, acciones o propiedades, y hasta del ingreso anual del beneficiario de la declaración jurada de apoyo (siempre que se pueda demostrar que ese ingreso continuará una vez obtenida la residencia permanente).
¿Cómo presentar una declaración jurada de apoyo?
Para empezar, es importante destacar que la presentación del formulario I-864 es gratuita. Este formulario, como todos los formularios expedidos por el USCIS, es a su vez gratuito y se encuentra disponible para descargar desde su sitio web.
La declaración jurada de apoyo se debe presentar en conjunto con los documentos complementarios que sirvan como prueba de la situación económica del firmante de la solicitud, que pueden consistir en una declaración de un banco o una institución financiera en donde se especifique el monto total depositado por el firmante en el año anterior a la solicitud; en una declaración del empleador del firmante con información detallada sobre el salario anual y la duración del contrato de trabajo; y una lista de bonos, acciones y valores, entre otras.
Una vez lista la declaración jurada de apoyo, se debe presentar la misma junto a toda la documentación complementaria (incluidos otros formularios, como por ejemplo el I-130 para acreditar la relación entre solicitante y beneficiario, en caso de ser necesario) a través del Centro de Aplicación Electrónica Consular (CEAC) para que el Centro Nacional de Visas (NVC) estudie el caso y, a su tiempo, expida una resolución.
Como siempre, es recomendable asesorarse con un profesional para asegurarse de no cometer un error que pueda terminar por costar tiempo y dinero.
Este artículo ha sido creado con fines de informar al público con respecto a las leyes de inmigración vigentes en la fecha de su publicación. Las leyes pueden haber cambiado y la información en esta publicación puede haber perdido relevancia. Se les aconseja llamar a nuestra oficina al (619) 717-2233 para hacer una consulta sobre su caso.