El asilo es una figura o condición migratoria que otorga el gobierno de los Estados Unidos a aquellas personas que correrían un riesgo real de daño o persecución en caso de tener que regresar a su país de origen, sea por propia voluntad o por encontrarse en un proceso de deportación. De esta manera, se les otorga a estas personas una protección humanitaria que les permite permanecer legalmente en el país.
Existen, por supuesto, toda una serie de criterios y requisitos que se deben cumplir para poder obtener asilo en Estados Unidos, definidos en pos de evitar el abuso de la condición de asilo por parte de personas que simplemente busquen emigrar. Pero, en esencia, lo principal es poder demostrar que se corre el riesgo de, o que se ha sufrido en el pasado, persecución o daño con base en la nacionalidad, la raza, la religión o la afiliación a un grupo social o político en particular.
¿Es posible solicitar asilo desde el país de origen?
Por desgracia, solicitar asilo desde afuera de los Estados Unidos no es posible. Otro de los requisitos definidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) para solicitar asilo en Estados Unidos es estar físicamente presente en el país al momento de presentar la solicitud, o presentar la solicitud en un puerto de entrada (POE) marítimo, aéreo o terrestre, es decir, en una frontera estadounidense.
Si se está presente físicamente en el país al momento de presentar la solicitud de asilo, se puede hacer independientemente del estado migratorio que se tenga en el momento: tanto si se cuenta con una visa no-migrante (en cuyo caso se trata de asilo afirmativo), como si se está residiendo ilegalmente en el país, he incluso si se encuentra en medio de un proceso de deportación (asilo defensivo).
Si no se está físicamente en los Estados Unidos, las opciones se reducen. Las embajadas y consulados estadounidenses, a pesar de que procesan visas y solicitudes de Ajuste de Estatus de extranjeros, no pueden procesar solicitudes de asilo.
Por esta razón, solo quedan dos posibilidades para solicitar asilo desde afuera de los Estados Unidos:
- Conseguir otro tipo de visa no-migrante para poder viajar a Estados Unidos legalmente, y solicitar asilo una vez en el país.
- Solicitar asilo en la frontera de los Estados Unidos.
De estas, la segunda es la más común. Cuando un extranjero llega al país sin contar con la documentación válida necesaria para ingresar, es puesto automáticamente en un proceso de remoción inmediata. Es entonces cuando el extranjero puede expresarle al oficial de migraciones que pretende solicitar asilo. En estos casos, el extranjero es puesto en detención a la espera de una entrevista de evaluación de temor creíble llevada a cabo por un oficial del USCIS.
En esta entrevista el extranjero debe poder demostrar que existe un riesgo real de persecución o daño en caso de que se lo remueva del país. Si logra argumentar exitosamente su caso, se le puede dar permiso para ingresar al país a la espera de la resolución de su proceso de solicitud de asilo.
De todas maneras, es importante destacar que, el 2019 durante la administración Trump, se puso en práctica una orden de salud médica llamada Título 42, en el contexto de la pandemia de Covid-19, que en la práctica facilita en gran medida la deportación de los extranjeros que buscan asilo en la frontera, bajo el pretexto de que pueden llegar a representar un riesgo epidemiológico para el país en caso de ingresar al territorio nacional. A partir de la aplicación del Título 42, se calcula que se ha rechazado el ingreso a un 60% de los solicitantes de asilo en las fronteras de los Estados Unidos.
Si bien la administración Biden ha prometido derogar el Título 42, aún no se aprecian cambios reales en la práctica.
Por todo esto, es posible que la mejor posibilidad de conseguir asilo desde afuera de los Estados Unidos sea obteniendo otro tipo de visa, ingresando legalmente al país, y luego solicitando el asilo desde adentro. En todo caso, siempre es recomendable asesorarse con un profesional especialista en cuestiones migratorias para poder determinar el mejor curso de acción.
Este artículo ha sido creado con fines de informar al público con respecto a las leyes de inmigración vigentes en la fecha de su publicación. Las leyes pueden haber cambiado y la información en esta publicación puede haber perdido relevancia. Se les aconseja llamar a nuestra oficina al (619) 717-2233 para hacer una consulta sobre su caso.